Logística
Información importante del Manejo de Importaciones en Guatemala, todo lo que necesitas saber.
Información importante del Manejo de Importaciones
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Declaración de Domicilio Fiscal
Estimados clientes:
Favor tomar nota que por disposiciones pactadas en Resolución Número 409-2018 (COMIECO LXXXV), dando cumplimiento al Instructivo de llenado de la Declaración Única Centroamericana (DUCA); a partir del 07 de marzo, se debe declarar el domicilio fiscal, tal como aparece en el Registro Tributario Unificado-RTU-. Tomando en cuenta lo anterior, se solicita verificar que los documentos correspondientes a sus embarques (documento de transporte, factura comercial, invoice) tengan correctamente consignada la información con la finalidad de evitar atrasos y gastos adicionales al requerir cartas de corrección. -
PASOS PARA HABILITAR AGENTE DE ADUANAS
Ingresar a su cuenta de banca electrónica
1. Seleccionar opción Bancasat.
2. Ingresar a ASISTENTE WEB.
3. Seleccionar Formulario 101 (Registro de Importadores):
a. Seleccionar los productos a importar.
b. Seleccionar al Agente 272 (Jorge Luis Paz Morán).
c. Oprimir VALIDAR.
d. Después de los pasos anteriores debe aparecer el nombre del Agente de Aduanas dado de alta (en este caso Jorge Luis Paz Morán).
4. Imprimir declaración.
5. Confirmar declaración.
6. Verificar que todos los datos estén correctos (3/5).
7. Confirmar declaración (4/5).
8. Procesar declaración (5/5).
9. Continuar proceso.
Declaración de Domicilio Fiscal
De acuerdo a la nueva ley de Aduana, las facturas comerciales de importación deben de cumplir los con la información descrita en el RECAUCA.
Articulo 323 y 324. La infracciones administrativas son sancionadas con multas de US$300.00:
Artículo 323. Factura comercial. El Servicio Aduanero podrá disponer que la factura comercial deba formularse en el idioma español o adjuntarse su correspondiente traducción. Dicha factura comercial deberá contener como mínimo la información siguiente:
a) Nombre y domicilio del vendedor;
b) Lugar y fecha de expedición;
c) Nombre y domicilio del comprador de la mercancía;
d) Descripción detallada de la mercancía, por marca, modelo o estilo;
e) Cantidad de la mercancía;
f) Valor unitario y total de la mercancía; y
g) Términos pactados con el vendedor. Cuando la descripción comercial de la mercancía incluida en la factura comercial venga en clave o códigos, el importador deberá adjuntar a la factura una relación de la información debidamente descodificada.
Artículo 324. Contenido del documento de transporte. El documento de transporte contendrá, como mínimo, la información siguiente:
a) Mención del medio de transporte (aéreo, terrestre, marítimo) y nombre del vehículo en caso de tráfico marítimo y número de vuelo, en caso de tráfico aéreo;
b) El nombre, razón social o denominación del cargador, del porteador y del consignatario, en su caso;
c) El puerto de carga o embarque y de descarga;
d) Clase y cantidad de los bultos;
e) Descripción genérica de su contenido;
f) Peso bruto en kilogramos;
g) Valor del flete contratado y otros cargos;
h) Número de identificación del documento de transporte que permita su individualización; y
i) El lugar y fecha de expedición del documento.